22/01/2026 MÉXICO

El matrimonio en Irak: cuando la religión ocupa el rol del Estado

Candela Nigro18/12/202515min6380
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En Irak, según UNICEF¹, el 28 % de las niñas se casa antes de los 18 años y un 7 % antes de cumplir los 15. En este contexto, una reforma legal que expande la autoridad religiosa sobre el matrimonio amenaza con profundizar aún más esta realidad.

 

En medio de un clima político marcado por tensiones entre la modernización institucional y las presiones religiosas conservadoras, Irak atraviesa un debate crucial sobre el futuro de su derecho de familia. Los recientes intentos de reforma al sistema de estatus personal reavivaron temores sobre un posible retroceso en las protecciones históricamente otorgadas a mujeres y niñas, y expusieron una disputa profunda sobre qué modelo debe guiar la vida civil en el país: uno basado en la ley estatal o uno subordinado a la autoridad religiosa.

Niña iraki escribiendo. Fuente: PH.

Contexto actual

En febrero de 2025, la Corte Suprema de Irak suspendió temporalmente la implementación de tres (3) leyes altamente controvertidas que el Parlamento había aprobado apenas unas semanas antes. Entre ellas se incluía una enmienda a la Personal Status Law que, según activistas y organizaciones feministas, implicaba un retroceso profundo para los derechos de mujeres, niños y niñas en el país².

La suspensión judicial se produjo después de que varios parlamentarios presentaran una demanda alegando que el proceso de votación había sido ilegal: las tres (3) leyes se aprobaron en una única votación, en lugar de ser tratadas por separado, como exige el procedimiento parlamentario³. La Corte ordenó congelar su implementación hasta resolver el caso.

La ley más criticada era la que modificaba el sistema de estatus personal para ampliar la autoridad de los tribunales religiosos islámicos sobre asuntos familiares como el matrimonio, el divorcio y la herencia. Activistas sostienen que este cambio atenta contra los pilares fundamentales del marco civil uniforme establecido en 1959 y abre la puerta a interpretaciones religiosas que permiten matrimonios infantiles, algunos en edades extremadamente tempranas⁴, por ejemplo, desde los 9 años bajo la escuela jaafarí de la ley islámica⁵. Aunque el texto final aprobado por el Parlamento exigía que ambas partes del matrimonio fueran “adultas”, no especificaba qué edad define la adultez, dejando así un vacío legal crítico⁶.

La indignación social fue inmediata.

Activistas, juristas y organizaciones feministas denunciaron que la reforma suponía “el fin de los derechos de mujeres y niños en Irak”, según describió el abogado Mohammed Juma, una de las voces más visibles de la oposición⁷.


El marco jurídico moderno del matrimonio en Irak se estructura principalmente alrededor de la Personal Status Law (PSL) N.º 188 de 1959⁸, una norma considerada durante décadas una de las más progresistas del mundo árabe en materia de derecho familiar. Entre sus avances fundamentales se cuentan la edad mínima de matrimonio fijada en 18 años, la exigencia de consentimiento mutuo, las restricciones a la poligamia y las protecciones para la mujer en materia de manutención, vivienda y disolución del vínculo.

Aunque la ley permite excepciones —por ejemplo, autorizar matrimonios a partir de los 15 años con aprobación judicial y pruebas de “aptitud física”—, la regla general fue durante décadas un consenso social y político orientado a limitar el matrimonio infantil y a reforzar la dimensión civil del derecho de familia.

La decisión de la Corte Suprema, por tanto, no solo congela temporalmente la reforma, sino que expone a un país profundamente dividido entre quienes defienden un modelo civil que ha protegido a mujeres durante décadas y quienes buscan reestructurar el derecho familiar bajo criterios religiosos, con consecuencias de gran alcance para millones de mujeres y niñas en Irak.

Mujeres Irakies. Fuente: Arzobispado de Pamplona y Tudela.

El rol de la religión

El proyecto para reformar la Personal Status Law en Irak no puede entenderse sin analizar el papel determinante que las autoridades religiosas han adquirido en las últimas dos (2) décadas. La reforma introduce un giro estructural: trasladar la regulación del matrimonio, el divorcio y la custodia desde el derecho civil hacia las interpretaciones religiosas de cada secta.

Esto implica un cambio profundo en el equilibrio entre Estado y religión.

Según Human Rights Watch⁹, la reforma abre la puerta a que cada pareja elija cuál escuela jurisprudencial islámica regirá su matrimonio, prevaleciendo la del esposo. De esta forma, se institucionalizan sistemas legales paralelos y se profundiza la sectarización. La reforma también otorga a los líderes religiosos el poder de oficiar y validar matrimonios, incluso aquellos no registrados, lo que en la práctica ya viene ocurriendo desde hace años.


Asimismo, un informe reciente de Human Rights Watch¹⁰ documenta que miles de matrimonios —incluyendo un gran número de matrimonios infantiles— son sellados por líderes religiosos fuera del sistema legal, en un proceso considerado culturalmente legítimo, aunque contrario a la legislación vigente.

El creciente protagonismo religioso también tiene efectos prácticos. Miles de mujeres casadas mediante ceremonias religiosas no pueden acceder a servicios básicos, como registrar a sus hijos, obtener documentos o acceder a atención médica, debido a la ausencia de certificados civiles.

En palabras de Human Rights Watch, esto coloca a mujeres y niñas “en posiciones precarias, sin apoyo social o financiero”, y amenaza incluso su identidad legal¹¹. La falta de documentación puede impedir la escolarización, el acceso a la salud o la posibilidad de reclamar derechos básicos.

Finalmente, la reforma otorgaría a dos (2) instituciones religiosas —el Consejo Académico de la Oficina de Dotaciones Chiíta (Scholar Council of the Shia Endowment Office) y el Consejo de Fatwa de la Oficina de Dotaciones Sunitas (Fatwa Council of the Sunni Endowment Office)— el poder de redactar un código de normas de la sharía sobre asuntos personales, que entraría en vigor sin votación parlamentaria ni debate público¹². Esto supone un traspaso directo de funciones legislativas desde un cuerpo civil hacia autoridades religiosas, consolidando su peso político.

En conjunto, estas medidas muestran cómo la religión no solo influye, sino que estructura y determina el contenido de la reforma, situando a las autoridades religiosas por encima de los mecanismos civiles y debilitando la capacidad del Estado para proteger los derechos de mujeres y niñas.

Mapa Irak. Fuente: Store norske leksikon

Violaciones a tratados internacionales

La reforma propuesta en Irak no solo abriría la puerta al matrimonio infantil, sino que vulneraría compromisos internacionales que el propio país ha ratificado: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño, al exponer a niñas y mujeres a violencia sexual, abandono educativo y decisiones familiares que no respetan su interés superior¹³.


En paralelo, durante el diálogo reciente entre Irak y el Comité de los Derechos del Niño, la delegación iraquí afirmó que el Estado “pone los derechos del niño en el centro de sus prioridades”, destacó la adopción de una estrategia nacional de protección infantil y aseguró que el matrimonio solo es legal a partir de los 18 años —o 15 con autorización judicial—, negando que el sistema permita casamientos desde los 9 años. Frente a la preocupación del Comité por el aumento del matrimonio infantil y por la reforma que permitiría su expansión, Irak se comprometió a seguir implementando la Convención y a adoptar una futura ley de protección infantil que, según el Comité, “resulta extremadamente prometedora”¹⁴.

Conclusión

La suspensión temporal de la reforma por parte de la Corte Suprema expone con claridad la encrucijada crítica en la que se encuentra Irak: un país donde décadas de avances en derechos de mujeres y niñas pueden desmoronarse por presiones religiosas. La delegación iraquí aseguró que “los derechos del niño están en el centro de sus prioridades” y que el matrimonio infantil no forma parte de su marco legal; sin embargo, la reforma propuesta demuestra lo contrario, al habilitar prácticas que vulneran abiertamente tratados internacionales.

Lo que está en juego no es solo la edad mínima de matrimonio o la custodia familiar, sino la arquitectura misma de protección estatal que, durante más de medio siglo, descansó en un sistema civil diseñado para limitar abusos y garantizar un piso mínimo de igualdad. El desplazamiento de estas funciones hacia autoridades religiosas —sin control democrático, sin debate público y sin voto parlamentario— revela un Estado que se retira de su rol de garante y cede la vida de mujeres, niñas y familias enteras a interpretaciones sectarias que no responden ni al interés superior del niño ni a la igualdad de género.

Este retroceso se alimenta del temor de ciertos sectores religiosos a una supuesta amenaza” cultural occidental y reivindica la reforma como un medio para preservar valores tradicionales, aun cuando ello implique sacrificar derechos fundamentales y compromisos internacionales. En este contexto, la preocupación central es evidente: cuando el Estado renuncia a proteger a quienes más lo necesitan y delega su autoridad en instituciones religiosas con poder legislativo de facto, la vida, la autonomía y la seguridad de millones de mujeres y niñas dejan de ser una cuestión de derechos para convertirse en un terreno de disputa ideológica.

Irak se encuentra hoy frente a una decisión histórica: reafirmar el camino de la igualdad y la protección, o consolidar un modelo que perpetúe la desigualdad bajo la apariencia de tradición.

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Candela Nigro

Licenciada en Estudios Internacionales (Universidad Torcuato Di Tella). Fue pasante en la sección de Medidas Cautelares de la CIDH. Actualmente, se desempeña como Consultora en el área de People Consulting de EY.


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