07/10/2024 MÉXICO

Nadie puede con Google

The Google Cr-48 Laptop Computer
Hablamos del fallo del Tribunal Supremo de Estados Unidos a favor de Google en su batalla contra el Sindicato Americano de Autores, que acusaba a la poderosa compañía de violar las leyes de propiedad intelectual al haber escaneado y digitalizado millones de libros sin obtener el consentimiento previo de sus autores ni compensarles para su proyecto Google Books. En su sentencia, el Supremo considera que el proyecto de librería virtual supone un uso justo de las leyes sobre los derechos de autor. Esta sentencia, que pone fin a una guerra que se inició hace ya 11 años, se considera histórica en la materia, abriendo de nuevo el debate sobre el futuro de la obra artística y de sus creadores en la era digital.

Hace unas semanas se hacía público el fallo del Tribunal Supremo de Estados Unidos a favor de Google en su batalla contra el Sindicato Americano de Autores, que acusaba a la poderosa compañía de violar las leyes de propiedad intelectual al haber escaneado y digitalizado millones de libros sin obtener el consentimiento previo de sus autores ni compensarles para su proyecto Google Books. En su sentencia, el Supremo considera que el proyecto de librería virtual supone un uso justo de las leyes sobre los derechos de autor. Esta sentencia, que pone fin a una guerra que se inició hace ya 11 años, se considera histórica en la materia, abriendo de nuevo el debate sobre el futuro de la obra artística y de sus creadores en la era digital.

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Una biblioteca universal online

Google Books nació en 2002 con el ambicioso propósito de convertirse en la mayor biblioteca universal, de difundir el conocimiento acumulado en siglos de historia y contenido en los libros a través de internet, al que el mundo entero pudiera tener acceso sin necesidad de tener un ejemplar físico en las manos. El primer paso lógico para ello fue dirigirse a las bibliotecas, (aún) refugios de la sabiduría por excelencia. Se llegaron a importantes acuerdos con algunas de las más prestigiosas en Estados Unidos (Harvard o Standford) y Reino Unido para digitalizar sus colecciones y ponerlas a disposición del público a cambio de una copia digital de cada uno de los libros que se incluyeran.

Biblioteca Convent del Castel de Peralada
Biblioteca Convent del Castel de Peralada

Sin embargo, el proyecto no podía incluir sin excepción todos los libros de una biblioteca, sino que se encontraba de frente con la complejidad de determinar los derechos de propiedad intelectual legalmente reconocidos libro a libro. Por ello, la mayoría de las bibliotecas que llegaron a acuerdos con Google establecieron que el escaneado sólo se extendiera sobre los libros que se encuentren en el dominio público. Sin embargo, esta tarea es en sí ya compleja si pensamos que en la mayoría de las bibliotecas se encuentran libros escritos por autores de diferente nacionalidad y que por tanto los plazos de duración de sus derechos son diferentes según la legislación aplicable en cada país.

En una biblioteca podemos encontrar diferentes tipos de libros según la vigencia de estos derechos: libros cuyos derechos han entrado en el dominio público y que, por tanto, se pueden usar y difundir en su totalidad; libros cuyos derechos de autor se encuentran vigentes y que se comercializan en el mercado, cuyo contenido está sujeto en su totalidad a los derechos de su autor; los libros descatalogados, que son aquéllos que ya no se publican más, pero sus derechos siguen vigentes; y obras huérfanas, de las que se desconoce su autor y por tanto de la vigencia de sus derechos.

Uso justo… ¿para quién?

En cuanto a los libros cuyos derechos de propiedad intelectual seguían vigentes, la compañía recurrió al amparo del artículo 107 de la Copyright act de Estados Unidos, según el cual “la utilización de obras protegidas por derechos de autor es lícita cuando tal uso tiene por finalidad la crítica, el comentario, la información sobre noticias, la enseñanza y la investigación”, añadiendo otros criterios tales como “(1) la naturaleza y fin de tal uso, (2) la naturaleza de la obra, (3) la parte o proporción de la obra utilizada y (4) el efecto de tal uso sobre el potencial mercado de la obra o su valor económico. Según Google books, al facilitar únicamente la visualización parcial de estas obras, su actuación era perfectamente legal por tratarse de un fair use de las mismas.

Bajo esta premisa, Google escaneó millones de libros de los cuales, se estima, más de la mitad estaban bajo derechos de autor. Las protestas no se hicieron esperar y, en 2005, el Gremio de Autores de América y la Asociación de Editores Americanos demandaron a la empresa argumentando que (i) aunque sólo se facilitaran fragmentos de las obras, previamente se escaneaban los libros enteros y (ii) que el proyecto tenía una clara finalidad comercial, ya que permitía a la empresa obtener beneficios económicos procedentes de la publicidad.


Google books - Trabajos de escaneado
Google Books – Trabajos de escaneado

Tres años después, ambas partes llegaron a un pacto por el cual Google se comprometía a pagar $125 millones de compensación a los afectados y a crear un registro de todos los libros escaneados para su biblioteca virtual. Dicho acuerdo suscitó una gran oposición de las administraciones estadounidenses, pero también en Alemania y Francia, así como de numerosos autores, editores, agentes literarios y empresas tecnológicas, que fue paralizado en 2011 por el juez Denny Chin considerando que la creación de la biblioteca universal sería beneficiosa para muchos pero “simplemente ha llegado demasiado lejos” y le daría a Google “ventajas notables sobre sus competidores, tales como Amazon o Microsoft, sobre todo por el uso exclusivo que se le otorgaba con respecto a las obras denominadas “huérfanas”. Tampoco quedaba claro el tratamiento sobre la privacidad de los lectores, pudiendo la compañía registrar lo que leían, por cuanto tiempo, o qué leían después.

Más allá de la filantropía

Desde entonces, Google ha firmado acuerdos individuales con editoriales para la digitalización y difusión parcial de sus obras en Internet. Sin embargo, el Sindicato de Autores, formado por escritores y editores de primera fila, mantuvo su demanda de cerca de $2.000 millones alegando que el proyecto restringiría sus ingresos al permitir el libre acceso de los lectores a los libros sin su consentimiento ni remuneración. No ha sido hasta este mes de abril que el Tribunal Supremo de Estados Unidos se ha pronunciado, esta vez a favor de Google, considerando que el proyecto, que permite únicamente leer extractos y páginas de aquellas obras con derechos de autor vigentes, supone un uso justo de las leyes sobre el copyright.

Google ha expresado públicamente su satisfacción por el fallo que afirmando que Google Books es un proyecto transformador y compatible con el derecho de autor“. El comunicado agrega que “el producto actúa como un catálogo de fichas para la era digital, que ofrece a la gente una nueva forma de encontrar y comprar libros, al tiempo que avanzan los intereses de los autores“.

El Sindicato, por el contrario, lamenta la decisión del Supremo de la que entienden que los autores “no merecen beneficiarse de la digitalización de sus obras“. Su presidenta, Roxana Robinson califica l la decisión como “pérdida colosal” para los autores, subrayando que “éstos deben ser compensados cuando su trabajo se copia con fines comerciales”.


Es evidente el interés comercial del proyecto, pese a poder disfrazarse de acto altruista mediante el cual difundir conocimiento, democratizarlo haciéndolo accesible a todo el mundo y publicitar las obras a los autores que de otra manera tendrían una menor visibilidad: la obra en cuestión puede ser adquirida a través, no sólo a través del mismo Google, sino también de otras (por supuesto) grandes distribuidoras. La sentencia del Supremo no sólo perjudica a los derechos de autor, al no contar con su opinión a la hora de cómo y dónde difundir su obra ni remunerarles por su utilización, sino que además puede perjudicar a otros actores de la cadena de comercialización de una obra, como pueden ser distribuidores y vendedores más pequeños que podrán permitirse publicitarse en la plataforma. En definitiva, están haciendo negocio con algo que no es suyo.

Books HD - Google Images
Books HD – Google Images

Por no hablar del impacto que este tipo de decisiones pueden tener en el futuro de la cultura, no solo en Estados Unidos, sino a nivel mundial. ¿Quién va a querer dedicar su vida a la escritura, la música o el cine el día de mañana, sin ser remunerado por su trabajo, sin tener poder sobre la propia creación que se considera poco menos que de dominio público? Deberían tomarse medidas consensuadas para realmente poder compaginar el avance tecnológico a la vez que se fomenta y promueve el alma intelectual y artística de la sociedad o acabaremos por volvernos robots, simples reproductores de todo ese conocimiento que tendremos a nuestra disposición.

Un cerebro mundial

Termino con una breve referencia a “Google y el Cerebro Mundial”, un documental catalán que analiza esta larga batalla entre Google y los autores americanos y reflexiona sobre el futuro de Internet y su impacto en la sociedad. A pesar de sus beneficios indiscutibles, también limita nuestras libertades y controla nuestras vidas mucho más de lo que podríamos llegar a imaginar y sin que muchas veces nos demos cuenta, mientras que unos pocos concentran toda la información sobre nosotros y nuestra vida, otorgándoles al fin y al cabo poder sobre la misma.

Es responsabilidad de todos asegurar que toda la información y conocimiento que generamos permanezca a nuestro servicio y que no seamos los humanos los que quedemos al servicio de las máquinas. Lo que hagamos en los próximos años dará forma a la sociedad del futuro.

“El ser humano se liberará de las cadenas biológicas y se consagrará la inteligencia como el fenómeno más importante de nuestro universo” Ray Kurzweil, autor del libro La Singularidad está cerca

 Ésta es una explicación sin ánimo de lucro.


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Amparo GA

Madrileña de nacimiento y corazón, actualmente resido en Barcelona donde trabajo como consultora en el sector hotelero y turístico. Viajera, lectora, cinéfila y soñadora. Creo en el poder de la cultura y de la educación en justicia, libertad y respeto para el desarrollo y como base de un mundo mejor. Observadora, descubridora, crítica e intérprete. De espíritu, artista. Licenciada en Derecho y ADE por la Universidad Autónoma de Madrid.


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