28/03/2024 MÉXICO

La iniciativa ciudadana europea en 7 claves
Iniciativa ciudadana europea [Fuente: Comisión europea]

iniciativa ciudadana europea
La Iniciativa Ciudadana Europea pretende ampliar la democratización de la Unión Europea. Más allá de la democracia representativa, apuesta por una mayor participación e implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones. Por primera vez, los ciudadanos pueden impulsar iniciativas legislativas en el ámbito internacional.

La Iniciativa Ciudadana Europea (en adelante ICE) entró en funcionamiento en abril de 2012 y posibilita que los ciudadanos europeos presenten una iniciativa legislativa a la Comisión Europea para que esta institución lleve a cabo la propuesta al Consejo y al Parlamento Europeo (PE). A pesar de ello, los orígenes se remontan años atrás. A finales de los ochenta, por ejemplo, el PE empezó a trabajar para formular medidas que permitieran consultar con la ciudadanía sobre la Unión Europea. Además, en los noventa surgieron diversas iniciativas privadas que defendieron una democracia más directa en la Unión Europea. De hecho, cabe destacar el papel de la sociedad civil en la consecución de la ICE.

La ICE es una iniciativa de agenda política. Así pues, no afecta, directamente, al derecho de iniciativa de la Comisión. Tengamos en cuenta que la iniciativa legislativa se mantiene como una competencia prácticamente exclusiva de la Comisión, aunque el PE pueda proponerle el ejercicio de la iniciativa legislativa. Así pues, la Comisión es la institución de la Unión Europea encargada de proponer al Consejo y al PE que se adopten actos legislativos. Aún así, la Comisión deberá prestar una especial atención a las iniciativas ciudadanas, puesto que habrán contado con el apoyo de un número significativo de ciudadanos de la Unión. Si la Comisión decide no actuar, deberá exponer sus razones de forma argumentada, pero este análisis de fondo no quedará sujeto a un procedimiento de recurso.

1.- Funcionamiento

El funcionamiento de la ICE sigue los siguientes pasos:

Funcionamiento de la Iniciativa
Funcionamiento de la Iniciativa. [Fuente: Elaboración propia.]

2.- Condiciones de admisibilidad

La iniciativa para poner un fin a las negociaciones sobre el TTIP fue denegada [Fuente: openclipart]

El Reglamento nº 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la ICE (en adelante el reglamento) es claro a la hora de demarcar las condiciones de admisibilidad. Según el artículo 4.2, la Comisión deberá registrar la iniciativa, asignarle un número de registro único y remitir la confirmación al organizador. Para que se lleve a cabo el registro, es necesario que se haya formado un comité de ciudadanos y nombrado a las personas de contacto conforme al artículo 3.2.


Otra condición para el registro es que la iniciativa no esté manifiestamente fuera del ámbito de la Comisión para presentar propuestas de actos jurídicos en cumplimiento de los Tratados. A modo de ejemplo, se denegó una iniciativa para poner fin a las negociaciones sobre el TTIP (tratado de libre comercio entre EE.UU. y la UE), ya que queda fuera del ámbito de las competencias de la Comisión. Por otra parte, la iniciativa no puede ser abusiva, frívola ni temeraria.

Para evitar el registro de iniciativas extremistas, tampoco se admitirán las iniciativas que sean contrarias a los valores de la Unión establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea. Según dicho artículo, los valores son: respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías.

3.- Número de Estados miembros y de firmas por países

Número de firmas recogidas para la iniciativa "Right to water" [Fuente: right2water]
Número de firmas recogidas para la iniciativa “Right to water” [Fuente: right2water]

Se tantearon diferentes posibilidades de cifras, como que los ciudadanos procedieran de una mayoría de los Estados miembros, de un tercio o de una cuarta parte. Finalmente, el quinto punto de las consideraciones del reglamento sobre la ICE confirma que “para garantizar que una iniciativa ciudadana representa el interés de la Unión, garantizando al mismo tiempo la facilidad de uso de este instrumento, este número debe fijarse en una cuarta parte de los Estados miembros”. En relación con el número mínimo de firmas por Estado miembro, el reglamento concluyó que debía equivaler al número de diputados que cada país tiene en el PE multiplicado por 750.


4.- Forma y redacción de la ICE

El anexo II del reglamento de la ICE informa que para poder inscribir una iniciativa ciudadana en el registro web de la Comisión, se requerirán los siguientes datos:

  1. El título de la iniciativa ciudadana, con un máximo de 100 caracteres.
  2. El objeto de la misma, con un máximo de 200 caracteres.
  3. Una descripción de los objetivos de la iniciativa ciudadana propuesta sobre la que la Comisión debe decidir, con un máximo de 500 caracteres.
  4. Las disposiciones de los Tratados consideradas pertinentes por los organizadores de la acción propuesta.
  5. El nombre completo, la dirección postal, la nacionalidad y la fecha de nacimiento de los siete miembros del comité de ciudadanos, indicando específicamente el representante y los sustitutos así como sus direcciones de correo electrónico.
  6. Todas las fuentes de apoyo y financiación a la iniciativa ciudadana propuesta en el momento del registro.

5.- Recogida, verificación y autentificación de las firmas

Iniciativa ciudadana europea [Fuente: www.citizens-initiative.eu]
Iniciativa ciudadana europea [Fuente: www.citizens-initiative.eu]

El artículo 5 del reglamento reconoce que los organizadores podrán recabar firmas en papel o electrónicamente. Así pues, el método utilizado para la recogida de firmas queda a disposición de los organizadores. Los sistemas de recogida de firmas a través de páginas web han de reunir una serie de características técnicas que garanticen algunas condiciones. Es primordial que el sistema asegure que sólo las personas físicas podrán apoyar las iniciativas. Además, los datos recogidos electrónicamente deben ser almacenados de forma segura para evitar su pérdida o su uso para otro fin. Debe protegerse, por lo tanto, la privacidad de datos de los firmantes.

La Comisión debe proporcionar un software abierto a los organizadores de las iniciativas. Este software se basa en una interfaz pública, que permite que los ciudadanos apoyen las iniciativas a través de un formulario en línea, y en una interfaz de administración, que ofrece diversas funcionalidades de gestión y que faculta la exportación de las declaraciones de apoyo para que sean verificadas por las autoridades estatales competentes.

6.- Financiación de la ICE  

No está previsto que los organizadores reciban ningún tipo de financiación por parte de la Unión Europea. El artículo 2.3 del reglamento refleja que sólo las personas físicas podrán formar el comité de ciudadanos. La transparencia se contempló como una exigencia desde el principio y quedó recogida en el reglamento, puesto que el artículo 4.2 aprueba que “los organizadores deberán proporcionar, para el registro, y, si procede, en su página web, información actualizada periódicamente sobre las fuentes de apoyo y financiación de la iniciativa ciudadana propuesta”.


7.- Balance de la ICE          

En la página web de la ICE, podemos consultar las iniciativas abiertas, las denegadas y las que han quedado obsoletas por suretirada por parte de los organizadores o por no haber conseguido un apoyo suficiente.

La primera comunicación de la Comisión a una ICE se produjo el 19 de marzo de 2014. El título de dicha iniciativa es “El derecho al agua y el saneamiento como derecho humano ¡El agua no es un bien comercial, sino un bien público!”. Dos meses más tarde, el 28 de mayo de 2014, la Comisión también presentó su comunicación sobre la iniciativa “Uno de nosotros”.

La ICE es un valioso instrumento porque posibilita un diálogo de abajo hacia arriba. Por lo tanto, los políticos europeos pueden conocer las preocupaciones o los intereses de la ciudadanía. No obstante, también presenta sus limitaciones, ya que la Comisión puede decidir no actuar ante una ICE que haya superado los mínimos fijados, aunque en este caso deberá razonarlo debidamente. A pesar de que la Comisión presente la propuesta al PE y al Consejo, esto no garantiza que se adopte una solución. Además, algunos autores critican las limitaciones de las iniciativas populares, puesto que de entrada no se permite discutir sobre determinados asuntos.

Fuente: Access Info

Experiencias como la ICE demuestran que es posible aumentar el papel concedido a los ciudadanos. La ICE es, en definitiva, una herramienta innovadora e interesante desde el punto de vista de la participación ciudadana, pero habrá que seguir con detenimiento las posibilidades reales de intervenir en la agenda política. Será fundamental, pues, analizar con detalle las respuestas de la Comisión ante las iniciativas que cumplan con los mínimos requeridos. Si la Comisión decide llevar a cabo una propuesta legislativa, ésta deberá estudiarse y adoptarse por parte del legislador, que son el Parlamento Europeo y el Consejo o sólo el Consejo en algunos casos.

Se deberá comprobar si la ICE consigue superar las dificultades propias de algunas iniciativas legislativas estatales y convertirse en un instrumento participativo efectivo.

Foto de portada: Iniciativa ciudadana europea [Fuente: Comisión europea]

Esta es una explicación sin ánimo de lucro

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Anna Medrano

(Barcelona, España) Licenciada en Comunicación Audiovisual y en Historia. Máster en Derechos Humanos, democracia y globalización. Ha trabajado en el sector sociocultural y ha colaborado en diferentes proyectos académicos. Especialmente interesada en la situación de los derechos humanos y en el estudio del presente desde una perspectiva histórica.


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