19/03/2024 MÉXICO

Tratados de Libre Comercio: ¿En busca de un proyecto de gobernanza global?

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La globalización ha multiplicado el número de acuerdos comerciales internacionales bilaterales y multilaterales, tendencia que probablemente continúe. Aunque buscan reducir trabas y establecer un marco de gobernanza del comercio a nivel global, son fuertemente criticados por la sociedad civil debido al desigual reparto de poder entre países y la mayor protección a las grandes compañías que a la ciudadanía.

A raíz de la globalización económica, el interés por parte de la opinión pública con respecto al comercio internacional ha ido en aumento. Si bien, este hecho indiscutiblemente tiene su origen en el avance de la tecnología y en el acceso a la información, también es cierto que los efectos del comercio internacional en diferentes zonas geográficas han llevado a la población a cuestionar los alcances de estos acuerdos y su legislación. Desde la creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995, el número de acuerdos comerciales internacionales ha ido incrementando de forma considerable, tendencia que probablemente continúe. En la actualidad existen más de 600 Acuerdos Comerciales Regionales (ACR), de los cuales 406 se encuentran el vigor. De esta cifra, los tratados de libre comercio (TLCs) representan más del 90% y el 10% restante lo conforman las Uniones Aduaneras.

Evolución de los tratados comerciales regionales en el undo (1948-2015). Fuente: Organización Mundial del Comercio.
Evolución de los tratados comerciales regionales en el undo (1948-2015). Fuente: Organización Mundial del Comercio.

Sin embargo, junto a una mayor diversificación comercial, las críticas y el descontento social también han ido en aumento, cuestionado la efectividad de la forma que se conducen las prácticas y negociaciones de dichos acuerdos. Grandes protestas como las de Seattle, Praga, Montreal, Washington, Génova, etc. han revelado un gran descontento social hacia la globalización económica y sus instituciones. De ahí que, Joseph Stiglitz, premio Nobel de economía y expresidente del Banco Mundial, señale que muchos de los acuerdos de libre comercio no han sido tan “libres” como su nombre indica. Es decir que, la gran mayoría han sido creados, diseñados y gestionados a medida para satisfacer las necesidades y los intereses de las grandes corporaciones y multinacionales, en su mayoría norteamericanas y europeas.

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Antecedentes

La Organización Mundial del Comercio se estableció y entró en vigor el 1 de enero de 1995, a través del Acuerdo de Marrakech, conocido como el acuerdo comercial internacional más ambicioso y de mayor alcance que ha existido. No obstante, cabe resaltar que la visión de constituir una organización supranacional que regulase el comercio internacional tiene sus orígenes en el marco del establecimiento del sistema de Bretton Woods al finalizar la Segunda Guerra Mundial. En la Carta de la Habana de 1947 se proponía la creación de la Organización Internacional del Comercio (OIC) que se encargaría de liberalizar y regular el comercio entre las naciones. Por consiguiente, la OIC  se convertiría en el tercer pilar, tras el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional del nuevo orden mundial de la postguerra. Dicha institución nunca pudo ver la luz del día, ya que el Congreso de los Estados Unidos impidió la ratificación del acuerdo que la establecería, hecho que marcó el fracaso de tan esperanzado proyecto.

No obstante, a pesar del intento fallido de concebir una institución supranacional que rigiera las relaciones comerciales, las partes contratantes acordaron en 1947 adoptar un Protocolo Provisional para la Aplicación del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), que actuaría como un organismo de facto con funciones regulatorias para el comercio internacional. El GATT surtió efecto a partir de 1948 y hasta 1994, al concluirse la octava serie de negociaciones, conocida como la Ronda de Uruguay. La importancia de estas negociaciones radica en la reforma efectuada a las normas que habían regido el comercio internacional durante casi cincuenta años. De acuerdo a la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), estas normas, que solo trataban del comercio de mercancías, “fueron completadas y modificadas por muchos instrumentos jurídicos, adoptados durante los 47 años transcurridos entre 1948 y 1995 y fueron el resultado de negociaciones multilaterales, protocolos de adhesión, exenciones y demás decisiones”.  Además, por primera vez en la historia se firmaría un acuerdo que regularía el comercio de servicios. Al concluir la ronda Uruguay, se firmó el acuerdo de Marrakech con 153 países miembros, dando origen posteriormente a la Organización Mundial del Comercio. El GATT de 1994 fue actualizado para incluir nuevas obligaciones sobre sus signatarios y es por tanto, “jurídicamente distinto” del GATT de 1947.


Pero entonces, ¿qué son y en dónde están fundamentados los acuerdos comerciales internacionales?

La respuesta correcta la encontramos en el GATT 1994 y en el Acuerdo General Sobre el Comercio de Servicios (AGCS), bajo el cual se cimienta la OMC. En dicho acuerdo, grosso modo, se encuentran los principios y propósitos que dan fundamento a la organización, la manera en que sus miembros deben regirse y la forma en que deben resolverse los conflictos.

Lo más destacado del mismo se encuentra en el Principio de la Nación Más Favorecida (NMF), piedra angular del sistema multilateral de comercio y punto de partida para el establecimiento de Acuerdos Comerciales Regionales (ACR) y Acuerdos Comerciales Preferenciales (ACP). El principio de NMF es una disposición mediante la cual todos los miembros de la OMC se imponen recíprocamente el mismo arancel de forma no discriminatoria, es decir, si se concede a un país una ventaja especial (por ejemplo la reducción del tipo arancelario applicable a uno de sus productos), se tiene que hacer lo mismo con todos los demás miembros de la OMC. Este principio “trata de reemplazar las fricciones y distorsiones características de las políticas basadas en la fuerza, por las garantías de un marco basado en normas, en el que el derecho a comerciar no dependa de la influencia económica o política de los distintos participantes”.

Desde luego la legislación de la OMC prevé excepciones. Éstas, en su mayoría tienen su fundamento en la promoción del comercio y la integración económica (Art. XXIV GATT y Art. V GATS). Por consiguiente, es justamente gracias a dichas excepciones, que es posible la creación de acuerdos comerciales preferenciales. Éstos pueden ser de carácter bilateral, como un TLC negociado entre dos Estados Miembros, por ejemplo el acuerdo de libre comercio e integración económica entre Australia Y Nueva Zelanda (ANZERTA), o multilaterales, como el TLCAN (NAFTA por sus siglas en inglés) celebrado entre Estados Unidos, Canadá y México. Asimismo se contempla la existencia de acuerdos de integración económica y uniones aduaneras como el MERCOSUR y la Unión Europea. Éstas coaliciones a su vez, están facultadas para celebrar alianzas con miembros externos al bloque comercial, como es el caso del acuerdo entre la UE y Turquía o la Asociación Trasatlántica para el Comercio y la Inversión (TTIP), propuesta de trabajo entre Estados Unidos y la Unión Europea, que aún se encuentra en negociación.

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La Gobernanza Global: El futuro del comercio

Desde los inicios de la revolución industrial, el mundo ha experimentado diversas fases de desarrollo económico y de apertura comercial. Evidentemente, en los últimos años gracias a la globalización económica y el avance tecnológico, los cambios en torno al comercio internacional se han incrementado de forma extraordinaria. El comercio internacional se ha extendido al incorporar nuevos actores, como es el caso de la inclusión de las economías emergentes como China e India, que sin duda han marcado un nuevo rumbo en las negociaciones dentro de la OMC. De igual forma, la participación de diversas instituciones .

Principales pautas de comercio de mercancías intra e inter regional (2006). Fuente: Organización Mundial del Comercio.
Principales flujos de comercio de mercancías intra e inter regional (2006). Fuente: Organización Mundial del Comercio.

Este nueva dinámica ha obligado a las grandes potencias a replantearse la forma en que deben ejecutarse las relaciones comerciales e internacionales. La aparición de grandes acuerdos multilaterales como es el caso del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) obedece también a estos cambios. El TPP busca servir como plataforma de cooperación e integración económica para los diferentes países de la región Asia-Pacífico que forman parte de dicha negociación. No obstante, la singularidad del TPP y otros acuerdos de esta clase, es que “van más allá del comercio”. Esto quiere decir que esa nueva tendencia marca a su vez la inclusión de nuevas temáticas en las negociaciones, como los derechos laborales, patentes, inversión, salud pública y medio ambiente, etc.

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Desafortunadamente son muchas las críticas y dudas acerca de la eficiencia de estos acuerdos. Stiglitz, por su parte, comenta que uno de los mayores obstáculos para el comercio internacional radica en que no se trata de una negociación entre iguales, ya que Estados Unidos siempre ha dictado las reglas del juego. Gran ejemplo de ello es la protección a las inversiones, quizá uno de los temas más polémicos e inicuos del TPP, donde Estados Unidos aboga por la protección de los inversionistas, pero sobre todo de sus inversionistas. La idea original de esta provisión, es que una compañía extranjera pueda ser capaz de defenderse y protegerse legalmente ante la discrecionalidad de un gobierno extranjero. En el caso de una expropiación, este recurso sería de suma importancia para la protección de la firma. Desafortunadamente, esta intención ha sido desvirtuada y enfocada primordialmente para satisfacer los intereses de los grandes conglomerados. Tal es el caso de la demanda por parte de la tabacalera Philip Morris contra el gobierno de Uruguay, en dónde ésta exige ser compensada por las pérdidas económicas (¡presentes y futuras!) causadas por la colocación de “etiquetas” en los paquetes de cigarros, que el gobierno uruguayo ha impuesto para prevenir sobre los riesgos de fumar tabaco.


Los TLCs constituyen una preocupación cada vez mayor para la sociedad civil, y no es de extrañar. Aunque se obtuvieron grandes avances al concluir la Ronda de Doha para el Desarrollo, al priorizar la salud pública, flexibilizando la propiedad intelectual sobre algunos productos médicos, por otro lado estamos siendo testigos de acuerdos que protegen más las pérdidas económicas y materiales que los daños a la salud y la vida humana. Por tal motivo es totalmente comprensible que defendamos y recordemos el propósito esencial del crecimiento económico: mejorar la calidad de vida.

Es cierto que el éxito de Doha y el futuro de las relaciones comerciales e internacionales, se debe en gran parte a la presencia de nuevos actores, mercados emergentes, países pequeños que en conjunto han logrado enfrentarse a los titanes del comercio y han sido capaces de reordenar la balanza de poder en términos más equitativos. Pero también sin duda alguna, gran parte de los avances se debe al involucramiento de la opinión pública. La participación social, ejercida por cada cual desde su área de influencia, es y siempre será nuestra obligación y el motor de cambio.

Esta es una explicación sin ánimo de lucro


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Renata Zilli

Xalapa, México. Licenciada en Relaciones Internacionales por el Tecnológico de Monterrey, Campus Monterrey. Master of International Relations y un Master of International Trade and Commerce Law por Macquarie University, Australia. Apasionada por la música, los viajes y el buceo y altamente soñadora por un mundo más justo. Email: renatazillim@gmail.com ; twitter: @renata_zilli


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