19/03/2024 MÉXICO

Deuda odiosa: ¿tiene que pagar la ciudadanía las deudas de sus políticos?

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La deuda ilegítima u odiosa es una noción de Derecho internacional que cada vez se está relacionando más con la situación financiera de España y en general, de los países de Europa más endeudados como Irlanda, Grecia y Portugal. Pero, ¿en qué consiste exactamente?

La deuda ilegítima u odiosa es una noción de Derecho internacional que últimamente hemos visto relacionada con la situación financiera de España y en general, de los países de Europa más endeudados como Irlanda, Grecia y Portugal. Pero, ¿en qué consiste exactamente?

Se trata de una teoría jurídica que sostiene que la deuda nacional en la que incurre un régimen para propósitos contrarios a los intereses de la propia nación y sus ciudadanos, no debería ser exigible. De acuerdo con esta doctrina, una deuda considerada ilegítima sólo se podría requerir de manera personal a quien la contrajo, y por tanto, el estado que representase no tendría que hacerse responsable de la misma. En estos casos, se considera que los prestatarios han actuado de mala voluntad y a sabiendas del daño ocasionado, lo cual es suficiente para que estos contratos sean nulos legalmente.

Alexander Sack fue el encargado de formalizar esta teoría, y resumió las 3 particularidades que nos sirven para identificar una deuda odiosa:

  • El gobierno del país recibe un préstamo sin el conocimiento ni la aprobación de los ciudadanos.
  • El préstamo se destina a actividades no beneficiosas para el pueblo.
  • Aunque el prestamista está informado de la situación descrita en los puntos anteriores concede el préstamo -normalmente por el alto interés que recibirá-.

Esta doctrina ha sido utilizada como herramienta económica y política en multitud de ocasiones a lo largo de la historia, aunque como veremos, aplicada con distinta fortuna y de desigual manera en función de la posición de la nación que intenta hacer uso de la misma.

Mapa porcentaje deuda pública sobre el PIB, datos 2007 [Fuente: Wikipedia]

Veamos algunos ejemplos de deuda odiosa

Se tiene constancia de numerosas anulaciones generalizadas de deuda en Mesopotamia desde el milenio III a.C. La piedra de Rosetta refleja que también el Egipto de los faraones tenía por tradición liberar al pueblo de sus deudas. Estas políticas solían aplicarse en respuesta al excesivo poder de los acreedores, derivado de intereses desproporcionados y condiciones abusivas. Ocasiones en las que la devolución de la deuda se consideraba imposible en la práctica, no sólo por tratarse de cantidades desmedidas, sino porque su devolución habría generado una merma importante en el capital humano y productivo de la población que afronta estas deudas. Así que muchas de estas condonaciones eran producto de la necesidad que los gobernantes tenían de disponer de su pueblo en plenas condiciones para, por ejemplo, recaudar impuestos o reclutar soldados.


Acuerdo de Londres sobre la deuda alemana en 1953 [Fuente: Wikipedia]

Ya en el s. XIX, José de San Martín proclamó que el pueblo del Perú no debía de pagar su deuda colonial, cuyos fondos fueron usados para apoyar al Virreinato y en contra de sus habitantes. Pedro I de Brasil (posteriormente IV de Portugal) en 1832 se negó a pagar la deuda en la que incurrió su hermano Miguel de Braganza con banqueros extranjeros siendo este último rey de Portugal, aludiendo a que los acreedores sabían que Miguel no era el heredero legítimo. Sucesos similares se dieron en México (1867) con la deuda contraída por el rey Maximiliano I, en Cuba (1898) con la deuda contraída con España, o en Costa Rica (1923) con la deuda en la que incurre su presidente Tinoco Granados; todas estas obligaciones fueron impagadas por servir a los intereses personales de sus gobernantes en lugar de a los intereses de la nación.

La quita de deuda más famosa realizada en Europa la llevaron a cabo Estados Unidos, Reino Unido y Francia a la República Federal Alemana (RFA) por la deuda generada en el periodo anterior a la Segunda Guerra Mundial. Las deudas privadas de la RFA se redujeron en un 62% tal y como se acordó en Londres en 1953.

En lo que llevamos de siglo ya hemos presenciado algún que otro caso. Argentina tras el corralito en 2001, ante la imposibilidad de hacer frente a su deuda externa, abrió una investigación que concluyó que su sistema financiero fue manipulado por determinados bancos extranjeros y multinacionales, entre otras cosas, para lavar dinero y saquear recursos y activos. Esta investigación derivó en la mayor suspensión de pagos de un Estado en la historia y la renegociación de las condiciones de pago.


Estados Unidos forzó a Francia y Rusia en 2003 a admitir una reducción del 80% de la deuda iraquí, de la cual eran sus principales acreedores, con la condición de estos de que no fuese nombrado el concepto de deuda odiosa. Este dato nos da una idea del temor que tienen muchos estados acreedores a que se popularice este concepto.

El presidente de Ecuador, Rafael Correa [Fuente: Wikipedia]

En Ecuador en 2008, al principio de la presidencia de Correa y tras destinar más del 50% de los recursos del estado al pago de la deuda externa, se hizo un estudio pormenorizado de su procedencia, concluyendo que gran parte de la misma era ilegítima. Se anunció una quita del 70% en bonos de deuda pública, y los mercados acreedores respondieron vendiendo estos títulos a precios muy por debajo de su valor. El gobierno de Correa aprovechó para comprar en secreto parte de estos bonos, lo que le sirvió para reducir considerablemente su deuda real y los intereses a pagar a futuro.

El caso más reciente se dio en Haití, como consecuencia del terremoto de 2010. La comunidad internacional condonó la enorme deuda externa ante la imposibilidad de recuperar la suma prestada, ya que además se dispuso para el enriquecimiento personal de la familia Duvalier.

Hay que tener en cuenta que, por regla general, la nación que decide condenar una deuda unilateralmente, sufre a cambio en mayor o menor medida un cierto aislamiento internacional como forma de presión, al menos en un primer momento. Pero esta medida sólo se suele poner en práctica en casos extremos de corrupción o de imposibilidad de pago, por lo que, una vez aceptado que la nación prestataria no va a poder afrontar la devolución, los acreedores internacionales intentarán llegar a un acuerdo para recuperar la parte que se haya renegociado devolver. Algunos de los casos anteriores se llevaron a cabo sin apenas respaldo exterior, y en todo caso, ha resultado en un tremendo alivio para las finanzas del estado.


Se suele comparar la doctrina de la deuda ilegítima con el concepto de nulidad de los contratos firmados bajo coacción, ya que en ambos casos, el ciudadano y la nación estarían indefensos antes los desmanes de aquella o aquellas personas que se aprovecharon de estos acuerdos.

Por supuesto, cuanto más favorable sea la posición de poder de una nación, más apoyo internacional recibirá para forzar o evitar una declaración de deuda odiosa. Existen también numerosos casos reclamados y no satisfechos de deuda odiosa. Muchas de estas reclamaciones proceden de países con regímenes totalitarios, -como el caso de Túnez contra los préstamos concedidos a Ben Alí durante los 23 años que estuvo en el poder, y cuyos fondos destinó a su enriquecimiento personal- o de un buen número de naciones del Tercer Mundo. Pero recientemente han surgido demandas de anulación de deuda desde países europeos como respuesta a las exigencias de austeridad a los estados por parte de organismos como el FMI y el BCE. Estos son los casos principalmente de Irlanda, Portugal, Grecia y España.

En estas naciones, organizaciones de todo tipo han solicitado la auditoría de los préstamos solicitados y total transparencia sobre la utilización de estos fondos, así como la declaración de toda deuda que cumpla las condiciones antes enunciadas, como odiosa. Esta opción se propone como alternativa a los recortes draconianos que continúan realizando los gobiernos de estos países con tal de no retrasarse en el pago de la deuda y sus intereses.

Foto de portada: http://slowfacts.wordpress.com/

El artículo continua aquí: Soluciones ante el descontrol de la deuda española.

Ésta es una explicación sin ánimo de lucro

 

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Javier Hernando

UCM e IBEI Alumni. Sociólogo, especializado en asuntos internacionales, migración y políticas de desarrollo. Comunicador y adicto a Internet. Ocupo mi tiempo como director de United Explanations y escribiendo en diversos medios. Intento explicar lo que ocurre en el mundo a través de la lógica económica y la política internacional. jhernando@unitedexplanations.org


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