19/03/2024 MÉXICO

Una juez argentina ordena detener a veinte cargos franquistas
Tributo a los indignados [Foto: Enrique Pratas vía Flickr]

Memoria Histórica
A finales de octubre de 2014, María Servini ordenó la detención y extradición de veinte cargos franquistas, a los que se les acusa de crímenes de lesa humanidad. A los pocos días, Rafael Catalá, el actual Ministro de Justicia español, anunció la no extradición de los imputados. Asimismo, Interpol España hizo uso de una Resolución de 2010 para alegar ante su Secretaría General la no detención de los cargos. Las víctimas del franquismo, a través del abogado Carlos Slepoy, han denunciado la protección descarada de “estos criminales”.

El franquismo y la ONU


El 14 de abril de 2010 familiares de asesinados y desaparecidos durante la dictadura franquista interpusieron una querella ante los tribunales de justicia de Argentina con el objetivo de investigar los crímenes del franquismo, identificar a los responsables y sancionarles penalmente. Esta querella hace referencia a crímenes de lesa humanidad, que, según el derecho internacional, no prescriben. A menudo, se ha recurrido a la Ley de Amnistía española de 1977 para evitar el juicio de los responsables. Algunos defienden esta ley como parte de los pactos de la transición en busca de la estabilización del nuevo régimen. Sin embargo, organizaciones como Human Rights Watch o Amnistía Internacional han puesto de relieve que esta ley no puede usarse para vulnerar el derecho internacional impidiendo que se juzguen crímenes de lesa humanidad.

Además del carácter imprescriptible de los delitos, existen otras razones. Pablo de Greiff, el Relator Especial de la ONU sobre la promoción de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, ha reiterado que, en cualquier caso, las amnistías tendrían efecto una vez determinados los hechos y los responsables por una investigación judicial. Contrariamente, el Estado español ha optado por archivar cualquier denuncia sin investigación ninguna apelando a la Ley de Amnistía.

Pablo de Greiff, Relator Especial sobre la promoción de la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición durante el 21 Consejo de Derechos Humanos de la ONU [Foto: UN Geneva vía Flickr]
Pablo de Greiff, Relator Especial sobre la promoción de la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición durante el 21 Consejo de Derechos Humanos de la ONU [Foto: UN Geneva vía Flickr]

Natalia Chientaroli, en su artículo “Los 10 suspensos de la ONU a España en memoria histórica”, explica que Pablo de Greiff visitó España del 21 de enero al 3 de febrero de de 2014. De Greiff indicó que los miembros del Ejecutivo de Mariano Rajoy insistían que si no se prioriza la reconciliación, resurgirían los odios del pasado. No obstante, frente a esta postura, se impone la de aquéllos que sostienen que sin justicia no puede haber reconciliación ni puede construirse una democracia sólida.

Durante las últimas décadas, la justicia por los crímenes cometidos durante las dictaduras ha evolucionado de una justicia retributiva o punitiva a una de tipo restaurador o reparador. Mientras que la primera se centra en los perpetradores y en su castigo, la segunda pone énfasis en las víctimas y busca la rehabilitación de sus derechos. España no ha desarrollado políticas de justicia punitiva o transicional. En cuanto a la justicia restauradora, también hubo un gran vacío hasta la Ley de Memoria Histórica de 2007. Dicha ley prima el reconocimiento y la ampliación de derechos para aquellas personas que sufrieron persecución o violencia por motivos ideológicos durante la Guerra Civil Española (1936-1939) y el franquismo. Sin embargo, no exige responsabilidades criminales a aquéllos que participaron en la dictadura.

A pesar de la Ley de Memoria Histórica, Pablo de Greiff afirmó que, después de casi cuatro décadas desde la muerte de Franco, apenas se ha hecho nada por los derechos de las víctimas. Asimismo, ha habido una negación sistemática a juzgar a los culpables franquistas, apoyándose, entre otros aspectos, en la polémica Ley de Amnistía. Es más, Mariano Rajoy derogó de facto la mencionada Ley de Memoria Histórica con su llegada al Gobierno, puesto que eliminó su dotación presupuestaria en los Presupuestos Generales del Estado para 2013 y 2014.

Actualmente, todavía quedan símbolos franquistas en ciudades españolas. Concretamente, el Relator se refirió al Valle de los Caídos como un lugar que sigue exaltando al franquismo. De Greiff también aludió a los currículos escolares, que durante muchos años han hablado de una responsabilidad simétrica subrayando el enfrentamiento entre dos Españas y sin destacar las vulneraciones de los Derechos Humanos cometidas por el franquismo. Según De Greiff, no existen censos oficiales sobre las víctimas de la Guerra Civil y del franquismo y no hay acceso libre a muchos documentos, que siguen clasificados por causas de seguridad nacional. Además, el Estado ha dejado la exhumación y la identificación de los restos en manos de asociaciones y particulares, limitándose a ofrecer determinadas subvenciones que han sido anuladas en los últimos años.


[Foto: anarcxpoll vía Flickr]
Placa del Ministerio de la Vivienda perteneciente a la época franquista [Foto: anarcxpoll vía Flickr]

La querella argentina

En abril de 2014, la Audiencia Nacional se opuso a la extradición de Jesús Muñecas y Antonio González Pacheco, conocido como Billy el Niño, acusados de torturas contra opositores al régimen, argumentando que dichos crímenes habían prescrito hacía 30 o 35 años. Para los magistrados de la Audiencia Nacional, estas torturas no constituyen crímenes de lesa humanidad, al considerarlos actos aislados y no un ataque generalizado a la sociedad civil o una parte de ella. Para la jueza argentina María Servini, en cambio, se trata de crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles.

El 30 de octubre de 2014 Servini también ordenó la detención y extradición de diversos cargos franquistas. Los acusados son veinte, pero uno de ellos, Antonio Barrera de Irimo, falleció el 24 de septiembre de 2014. Entre ellos, encontramos exministros, expolicías o exjueces. Se les acusa de hechos como la sentencia de muerte de Salvador Puig Antich, el último ejecutado por garrote vil en España en 1974, la muerte de cinco trabajadores en Vitoria en 1976, el proceso de Burgos de 1970, los últimos fusilamientos del franquismo en 1975, así como de torturas y de otros actos de represión. Por todo ello, Servini reivindica la imprescriptibilidad de los delitos de acuerdo con los principios de la jurisdicción universal.

Madrid, Guerra Civil española [Foto: Mikhail Koltsov vía Wikimedia Commons]
Madrid, Guerra Civil española [Foto: Mikhail Koltsov vía Wikimedia Commons]


Poco después de conocerse esta orden de detención, el Ministro de Justicia del Gobierno español afirmó no tener intención de extraditar a los diecinueve imputados. La Policía Nacional española, por su parte, también se ha negado a detener a los acusados. Frente a la posición del Ejecutivo, los grupos de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) y del PNV y buena parte del Grupo Mixto (ERC, BNG, Amaiur, Compromís-Equo y Geroa Bai) han presentado una iniciativa para pedir al Congreso de los Diputados que inste al Gobierno a cumplir la justicia universal.

El rechazo del Estado español a juzgar los crímenes del franquismo vulnera Convenios Internacionales ratificados por España, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado en 1977 meses antes de aprobarse la Ley de Amnistía, o la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificado por España en 1987. El artículo 15 del PIDCP dictamina que las personas que hubieran cometido delitos según “los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional” podrán ser juzgadas aunque los hechos no fueran considerados delictivos por la legislación nacional de aquel momento.

De este modo, observamos que los derechos de las víctimas no están siendo debidamente considerados. Durante los setenta y ochenta del siglo pasado, se llevaron a cabo transiciones políticas caracterizadas por la impunidad, en las que la norma principal fue la concesión de indultos a los responsables. Es más, en ocasiones, los propios perpetradores fueron protagonistas de la transición y mantuvieron posiciones de privilegio y control. Sin duda, éste es el caso de España. De hecho, sólo hace falta echar un vistazo a los currículos de los veinte inculpados por la jueza Servini para comprobar cómo la mayoría de ellos desempeñaron funciones políticas tanto durante el franquismo como en la posterior democracia.

Esta es una explicación sin ánimo de lucro

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Anna Medrano

(Barcelona, España) Licenciada en Comunicación Audiovisual y en Historia. Máster en Derechos Humanos, democracia y globalización. Ha trabajado en el sector sociocultural y ha colaborado en diferentes proyectos académicos. Especialmente interesada en la situación de los derechos humanos y en el estudio del presente desde una perspectiva histórica.


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