19/04/2024 MÉXICO

¿Qué derechos proporciona la ciudadanía europea?

Demonstration against the French government immigration and security policy, Nicolas Sarkozy
La ciudadanía de la UE, que se confiere automáticamente a todos los nacionales de la UE, conlleva toda una serie de importantes derechos, ¿cuáles son los derechos que proporciona la ciudadanía europea?

Según leemos en la web del Parlamento Europeo, “la ciudadanía europea representa la base de la formación de la identidad europea” y confiere un conjunto de derechos a los ciudadanos europeos. Estos derechos se recogen, sobre todo, en los artículos del 18 al 25 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y del 9 al 12 del Tratado de la Unión Europea (TUE). La ciudadanía de la Unión complementa a la ciudadanía de los Estados miembros pero, a diferencia de ésta, los derechos que confiere no van acompañados de obligaciones, a pesar de que el artículo 20.2 del TFUE aluda a ciertos deberes.

El Tratado de la Unión Europea: el nacimiento de la Europa de los ciudadanos

Firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, el Tratado de la Unión Europea entró en vigor el 10 de octubre de 1993. El Título II de su Preámbulo se centra en las disposiciones sobre los principios democráticos. Concretamente, el artículo 9 establece que:

“la Unión respetará en todas sus actividades el principio de la igualdad de sus ciudadanos, que se beneficiarán por igual de la atención de sus instituciones, órganos y organismos. Será ciudadano de la Unión toda persona que tenga la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla”.

Banderas de la UE ante la Comisión Europea (extraída de Wikimedia Commons).
Banderas de la UE ante la Comisión Europea (extraída de Wikimedia Commons).

Los artículos inmediatamente posteriores del TUE también se refieren a los derechos de los ciudadanos de la Unión. Se indica, por ejemplo, que los ciudadanos estarán directamente representados en la Unión mediante el Parlamento Europeo, elegido por sufragio universal directo desde 1979 (artículo 10.2). Además, se reconoce que todos los ciudadanos tienen derecho a participar en la vida democrática de la Unión y que las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima posible a los ciudadanos (artículo 10.3).

El artículo 11 del TUE hace referencia a otros derechos políticos y aspectos democráticos. La libertad de expresión secontempla en el primer punto, mientras que en el segundo y tercero se apela al diálogo y a las consultas con los ciudadanos y con las asociaciones representativas. El cuarto punto de este artículo introduce la Iniciativa Ciudadana Europea, que permite que al menos un millón de ciudadanos de la Unión, que sean nacionales de un número significativo de Estados miembros, puedan invitar a la Comisión Europea a presentar una propuesta legislativa. Por último, el artículo 12 del TUE enumera las funciones del Parlamento Europeo.

La consolidación de la ciudadanía europea a través del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

El artículo 15 del TFUE reconoce el derecho de la ciudadanía a acceder a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea. Por su parte, el artículo 18 alienta a las acciones encaminadas a la lucha contra la discriminación por razones de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. En el artículo 20, como ya hemos visto en el caso del TUE, se fija quién puede considerarse ciudadano de la Unión, que será toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro.


El segundo punto del artículo 20 lista los siguientes derechos de los ciudadanos: residir libremente en los Estados miembros; el sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo; acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sean nacionales, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado; y formular peticiones al Parlamento Europeo, recurrir al Defensor del Pueblo o dirigir una petición a las instituciones.

Los artículos del 21 al 25 del TFUE se encargan de detallar esta serie de derechos. Aparte de participar en las elecciones al Parlamento Europeo, los ciudadanos de la Unión también tienen derecho a ser electores y elegibles en las elecciones municipales del Estado miembro en el que residan, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado (artículo 22.1 del TFUE).

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

No debemos olvidar que, además de los derechos plasmados en los tratados mencionados, el artículo 6 del TUE afirma que

La Unión reconoce los derechos, libertades y principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000, tal como fue adaptada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo, la cual tendrá el mismo valor jurídico que los Tratados”.

Este documento busca la protección de los Derechos Humanos y está formado por 54 artículos y por 6 capítulos. Cada uno de estos capítulos está dedicado respectivamente a la dignidad, las libertades, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia.


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Iniciativa ciudadana europea [Len]

En la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión se citan derechos y libertades ya reconocidos por tratados nacionales e internacionales, como el derecho a la dignidad humana, el derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de las penas o los tratos inhumanos y degradantes, la protección de los datos personales, la libertad de reunión y de asociación, la libertad de expresión, el derecho a la educación o el derecho a la igualdad.

Centrándonos en el capítulo V, sobre la ciudadanía, encontramos derechos ya integrados en el TUE y en el TFUE. Este Capítulo incluye los artículos del 39 al 46 y los siguientes derechos: el derecho a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo, el derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales, el derecho a una buena administración, el derecho de acceso a los documentos, el derecho a someter al Defensor del Pueblo los casos de mala administración, el derecho de petición, la libertad de circulación y de residencia y la protección diplomática y consular.

El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH)

El punto 2 del artículo 6 del TUE incluye también la adhesión de la Unión Europea al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Es más, el tercer punto de este artículo especifica que los derechos fundamentales de este Convenio y los que son fruto de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros formarán parte del Derecho de la Unión como principios generales.

El CEDH se firmó el 4 de noviembre de 1950 y está formado por tres Títulos. El primero trata sobre los derechos y las libertades, el segundo Título define las características del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el tercero aclara algunas disposiciones diversas. Según David Bondia, la importancia del CEDH radica en dos grandes aspectos: su consideración como instrumento que busca la consolidación del orden público democrático en materia de derechos humanos y su mecanismo de garantía colectiva para salvaguardar el orden público democrático europeo.


Los objetivos de los derechos de la ciudadanía de la Unión Europea

Como se recoge en la web del Parlamento Europeo, los derechos de la ciudadanía de la Unión quieren “eliminar la discrepancia que se deriva del hecho de que los ciudadanos de la Unión se ven cada vez más afectados por medidas europeas en tanto que el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones, así como la participación en los procesos democráticos, se concentran casi exclusivamente en el plano nacional”.

La finalidad es, en definitiva, que los ciudadanos se identifiquen más con la Unión Europea y que se desarrollen una opinión pública, una conciencia política y una identidad europeas.

Ésta es una explicación sin ánimo de lucro.

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Anna Medrano

(Barcelona, España) Licenciada en Comunicación Audiovisual y en Historia. Máster en Derechos Humanos, democracia y globalización. Ha trabajado en el sector sociocultural y ha colaborado en diferentes proyectos académicos. Especialmente interesada en la situación de los derechos humanos y en el estudio del presente desde una perspectiva histórica.


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