28/03/2024 MÉXICO

ESPECIAL LIBIA: ¿Por qué el Consejo de Seguridad autorizó el uso de la fuerza en Libia?

United Nations gun. [Photo: Aristoteles83 Flickr account]
El pasado jueves 17 de marzo el Consejo de Seguridad de la ONU autorizó el uso de la fuerza en Libia, a través de la resolución 1973, a raíz de las "graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos", activando el principio de “la responsabilidad de proteger”. ¿Qué hizo posible la resolución? ¿Puede sentar un precedente para el futuro?

La presión de Gadafi, la respuesta del Consejo de Seguridad


La semana del 14 de marzo, el avance de las fuerzas de Gadafi estaba poniendo contra las cuerdas a la oposición. Su acercamiento a la ciudad de Bengasi, último y principal bastión de los rebeldes, anunciaba una victoria para Gadafi, que prometía ser tremendamente sangrienta e implacable.

Sin embargo, el pasado jueves 17 de marzo, el Consejo de Seguridad de la ONU autorizó mediante la Resolución 1973 el uso de “todas las medidas necesarias para proteger los civiles en Libia”. El Consejo autorizó el uso de la fuerza en razón de las “graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos” cometidas en Libia desde mediados de febrero y para prevenir más muertes de civiles, activando el principio de “la responsabilidad de proteger”.

El Consejo aprobó la medida por diez votos y cinco abstenciones. Esta Resolución, que obtuvo el apoyo de la mayoría países europeos y árabes, fue posible gracias a los votos afirmativos de tres de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (EEUU, Francia y Rusia), y por las abstenciones de los otros dos miembros (China y Rusia), que renunciaron a su derecho de veto.

Podríamos pensar que el contenido y contexto de la Resolución, centrada en la protección de los civiles libios, podría abrir la puerta a intervenciones humanitarias en otros contextos de violaciones masivas de derechos humanos. No obstante, no deja de llamar la atención que el Consejo de Seguridad, que miró casi impasible como se producían los genocidios de Ruanda y Srebrenica (Bosnia-Herzegovina), y observa cómo se están reprimiendo a los civiles en Barhein, Arabia Saudí, Yemen y Siria, haya autorizado el uso de la fuerza con el propósito de proteger a los libios. ¿Qué hizo posible la Resolución 1973? ¿Puede sentar un precedente para futuras intervenciones?

El Consejo de Seguridad y el uso de la fuerza

El Consejo de Seguridad es la institución internacional con la responsabilidad principal en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. El Capítulo VII de la Carta de la ONU , firmada en San Francisco en 1945, autoriza a este organismo a utilizar la fuerza cuando sea necesario para proteger la paz y seguridad internacionales. En virtud de la Carta, los Estados Miembros están obligados a aceptar y cumplir las decisiones del Consejo.

Composición y toma de decisiones en el Consejo de Seguridad

El Consejo está integrado por quince miembros: cinco permanentes y diez no permanentes. Los cinco miembros permanentes son China, Francia, Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos. Los miembros permanentes reflejan la estructura de poder resultante de la Segunda Guerra Mundial (las cinco potencias vencedoras).

Los diez miembros no permanentes, son en la actualidad: Bosnia y Herzegovina, Alemania, Portugal, Brasil, India, Sudáfrica, Colombia,  Líbano, Gabón y Nigeria. Los miembros no permanentes son elegidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas por períodos de dos años y no pueden optar a la reelección inmediata. El logro de un cierto equilibrio regional inspira la elección de los miembros no permanentes.

Cada miembro del Consejo tiene un voto. Las decisiones sobre cuestiones sustantivas requieren nueve votos, incluidos los votos afirmativos de los cinco miembros permanentes. Esta última regla se denomina habitualmente el derecho de “veto” y otorga a los cinco miembros permanentes la facultad de obstaculizar cualquier resolución. Este derecho de veto mantuvo al Consejo de Seguridad prácticamente paralizado durante el periodo de la Guerra Fría (1948-1989), puesto que el veto de las dos superpotencias, EEUU y Rusia, obstaculizaba cualquier acción que pudiese perjudicar alguno de los dos hegemones.

Desde el final la Guerra Fría, el Consejo ha tenido un papel más activo en la escena mundial. El Consejo de Seguridad ha utilizado el régimen de sanciones para presionar a los Estados que hayan cometido graves violaciones de los derechos humanos o amenazas a la Paz. No obstante, la actuación del Consejo se ha seguido caracterizando por su politización y el doble rasero, como demuestra por ejemplo que no se hayan tomado medidas sancionadoras contra Israel, siempre obstaculizadas por EEUU.

El Consejo de Seguridad funciona de modo permanente: un representante de cada uno de sus miembros debe estar presente en todo momento en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York. Cuando una denuncia relativa a una amenaza a la paz llega al Consejo, se intenta que las partes lleguen a un acuerdo por medios pacíficos.


Cuando la solución pacífica de las controversias no es posible, el Consejo tiene la potestad de decidir sobre las medidas más adecuadas para conseguir el cese de las hostilidades, incluido el uso de la fuerza. Hasta el momento, el Consejo de Seguridad ha autorizado el uso de la fuerza muy pocas veces. La más sonada fue en 1991, permitiendo el ataque aliado al Iraq de Saddam Hussein, tras la invasión de su vecino Kuwait. Este ataque fue llevado a cabo por una amplia coalición internacional y tenía el objetivo de expulsar a las fuerzas iraquíes de este país.

En el caso de la protección de civiles por violaciones masivas de derechos humanos, el Consejo de Seguridad ha actuado siempre de modo muy prudente. Con excepción de algunas misiones de mantenimiento de la paz en las que se ha permitido el uso de la fuerza, el Consejo de Seguridad ha actuado normalmente a posteriori en lo que a la protección de los derechos  humanos respecta. En los casos del genocidio ruandés y la matanza de Srbrenica, por ejemplo, el Consejo creó los Tribunales ad hoc para juzgar a los autores de las matanzas, pero no fue capaz de impedir que tuviesen lugar.

El principio de “la responsabilidad de proteger”

La responsabilidad de proteger parte de un concepto fundamental: cuando un Gobierno no cumple con el principio básico del Estado moderno de proveer protección a sus ciudadanos, la comunidad internacional debe asumir esta responsabilidad. Es decir, que la soberanía y el derecho de no injerencia que durante cientos de años han servido como carte blanche para el comportamiento interno de los Gobiernos de los Estados del mundo, ya no son sagrados[i].

El debate sobre las intervenciones por causas de genocidio o violaciones masivas de derechos humanos tomó fuerza al finalizar la Guerra Fría. Este principio fue propuesto en La Cumbre Mundial de la Organización de las Naciones Unidas en 2005, en la que más de 150 jefes de Estado y de Gobierno aprobaron la declaración sobre la responsabilidad de proteger a la que se autoriza la acción colectiva internacional “para proteger a la población [de un Estado] del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes contra la humanidad” si ese Estado no puede o no quiere proteger a sus ciudadanos.

Esta ineficacia del Consejo se debe a que para aprobar una resolución que envuelva el uso de la fuerza es imprescindible el visto bueno de los cinco miembros permanentes. Esto implica que la medida no puede afectar a un país que sea aliado de alguno de los cinco o dónde alguno tenga intereses contrarios a una intervención. Además, las reticencias de Rusia y China a intervenir en los asuntos internos de los países han frenado la actuación del Consejo en situaciones de violaciones masivas de derechos humanos. ¿Qué ha paso entonces con la Resolución 1973?

Las posiciones de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad ante la Resolución 1973:

EEUU: La actitud de EEUU en el ataque ha estado marcada por la prudencia. EEUU no tiene intereses significativos en Libia, por ello su apoyo a la intervención no parece haber sido motivada por oscuros intereses estratégicos o económicos, como fueron las intervenciones en Afganistán e Irak. Obama ha querido distanciarse así de su predecesor George Bush y se ha cuidado en todo momento de subrayar el carácter de “guerra justa” que tiene el ataque. Además, ha evitado liderar la operación, consciente del temor de la opinión pública estadounidense de que su gobierno se enfrasque en una tercera guerra en un país musulmán.


Francia: Sarkozy ha sido el principal promotor de la intervención en Libia. Su tibia reacción ante las revoluciones tunecina y egipcia, junto con los escándalos relativos a las conexiones entre su exministra de exteriores, Michèlle Alliot-Marie y el entorno de Ben Ali, han empujado a Sarkozy a intentar mejorar su depauperada imagen, de cara a la elecciones generales del próximo año.

Inglaterra: El recién llegado a Downing Street, David Cameron, fue uno de los principales promotores de la intervención. Cameron se aseguró de evitar cualquier paralelismo con Irak, subrayando, al igual que su  en todo momento el carácter legal y justificado de la intervención. Sin duda este ataque reforzará la figura de Cameron y le ayudará distanciarse de Tony Blair, cuya imagen quedará para siempre vinculada con la ilegal guerra de Irak.

Rusia: La abstención de Rusia ha provocado el primer el conflicto público entre Vladimir Putin, Primer ministro de Rusia, y Dimitri Medvedev, el actual Presidente. Así pues, mientras Putin criticaba el ataque y lo tachaba de “nueva cruzada medieval”, Medvedev, defendía las resoluciones diciendo que habían sido “equilibradas y absolutamente ponderadas”. Esto muestra las disensiones que el apoyo a la medida han supuesto en el país, siempre opuesto a todo tipo de intervención en los asuntos internos. Cabe por tanto la posibilidad de que Medvedev quiera distanciarse de los posicionamientos inflexibles de su predecesor, un acérrimo defensor de una soberanía estatal absoluta.

China: Al igual que Rusia, China se abstuvo y no utilizó su derecho a veto para bloquear la resolución que permitió la intervención en Libia. Sin embargo, en las declaraciones de la Embajada china en España con respecto a la intervención, se dejaba muy claro que China se oponía al uso de la fuerza en las relaciones internacionales. ¿Por qué no utilizó China el veto? Probablemente porque no quiso ser la mala de la película. Si hubiese sido la única potencia en bloquear la Resolución, China hubiese aparecido -una vez más- como la defensora de los represores y la enemiga de los derechos humanos, estropeando los grandes esfuerzos internacionales que el gigante chino ha estado haciendo para lavar su imagen internacional.

La excepcionalidad libia

Con las fuerzas de Gadafi a las puertas de Bengasi, el pasado jueves 17 de marzo parecía que la comunidad internacional iba a presenciar, de nuevo impasible, como el aparato de un Estado represivo masacraba indiscriminadamente a su población. Pero el sanguinario comportamiento de Gadafi desde que comenzaron las protestas en el país, así como la posibilidad de que tuviese lugar un auténtico genocidio en Bengasi, forzaron la actuación del Consejo de Seguridad, que dio finalmente luz verde a la intervención.


Así pues, la Resolución 1973 sienta un sugestivo precedente para la intervención en casos de violaciones masivas de derechos humanos y uso indiscriminado de la fuerza contra los civiles. Por una parte, la intervención se llevó a cabo con un amplio consenso internacional y conforme a la legalidad internacional. Por otra, China y Rusia, siempre celosos de proteger la soberanía nacional, no hicieron uso de su derecho de veto y permitieron que avanzase la Resolución. Esto muestra un cierto cambio de actitud en estas potencias, que podrían mostrarse en adelante más flexibles a las intervenciones humanitarias.

Pero es importante poner de manifiesto que la Resolución 1973 es resultado de una serie de circunstancias, no fácilmente repetibles. Libia no era un aliado vital de ninguno de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad; por el contrario, una resolución semejante sería enormemente improbable en Arabia Saudí o Israel, aliados fundamentales de EEUU en la región, o en Bahréin, con bases militares estadounidenses. Además, una excelente temporalidad hizo que esta intervención se presentase conveniente para los intereses de los líderes impulsores, sobre todo para Sarkozy y Cameron.

Estamos lejos por tanto de que la responsabilidad de proteger se haga realidad. Debemos conformarnos, por el momento, con el alineamiento, ocasional y oportuno, de los intereses de las potencias con los intereses de las poblaciones reprimidas.

Ésta es una explicación sin ánimo de lucro


[i]Juan Garrigues, “La Responabilidad de Proteger”, Fundación para las Relaciones Internacionales y el Diálogo Exterior (FRIDE). Disponible en http://www.fride.org

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Ana G. Juanatey

Después de estudiar Ciencias Políticas y especializarme en Relaciones Internacionales, me mudé desde Galicia a Barcelona donde vivo desde hace 7 años. Actualmente escribo mi tesis sobre el derecho a la alimentación y trabajo en el Instituto Barcelona de Estudios Internacionales. Mis áreas de interés principales son los derechos humanos como herramienta emancipadora, la seguridad alimentaria y los procesos de democratización. No obstante -dispersa por naturaleza- me apasionan temas tan variopintos como las novelas de espías, las series de TV, los juegos de mesa, la cocina y los documentales.


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