28/03/2024 MÉXICO

La Becarización del Empleo

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Se dice mucho de él, pero la mayoría coincide al retratarlo como un trabajador más de la plantilla. Es uno más, sí, cuenta con las mismas responsabilidades y tiene el mismo horario, pero cuenta con un salario que no alcanza el mínimo interprofesional en el mejor de los casos, otras veces es inexistente.

Se dice mucho de él, pero la mayoría coincide al retratarlo como un trabajador más de la plantilla. Es uno más sí, cuenta con las mismas responsabilidades y tiene el mismo horario, pero cuenta con un salario que no alcanza el mínimo interprofesional en el mejor de los casos, otras veces es inexistente. Con los años y la crisis, el número de becarios no deja de crecer y en un período de dos años, de 2013 a 2015, los jóvenes en estos programas de prácticas han aumentado en un 350% según los datos del Ministerio de Empleo. Resulta difícil cuestionar la crisis económica que atraviesa el país con este incremento desorbitado o con las condiciones a las que se le somete pero, ¿hasta qué punto contribuye el becario a esa misma precariedad laboral de la que él mismo es preso?

Becario: sustantivo indefinido

Ciertamente existe mucha confusión en torno a la figura del becario. Tanto es así que al buscar en un diccionario, ésta es la única definición que encontraremos: “persona que disfruta de una beca para sus estudios”. La Real Academia de nuestra lengua no incluye en sus registros la acepción más extendida, esa idea del trabajador joven en prácticas, que, sin embargo, no deja de ser un concepto opaco y ambiguo que no hace justicia a una realidad llena de matices.

La variedad de programas de prácticas en España es muy amplia y va desde la formación profesional hasta la enseñanza universitaria. Son precisamente las conocidas como becas de cooperación educativa las que hacen referencia al becario como tal. ¿Y quién es en realidad este becario? Jóvenes universitarios recién graduados o a punto de hacerlo que dan sus primeros pasos en el mercado laboral gracias a convenios bilaterales entre universidades y empresas.

Sin lugar a dudas, el trasfondo jurídico en el que se encuadra el becario es excesivamente relajado, tanto que ante la falta de una regulación suficiente son estos convenios acordados por dos entidades independientes las que acaban por regular elementos esenciales en cualquier relación laboral, como son el salario o las horas de trabajo. España es, de hecho, uno de los países de Europa donde menos respaldo institucional cuentan nuestros jóvenes, como así demuestra un informe elaborado por la Comisión Europea. No es de extrañar, con un panorama tan complejo y turbio, que estemos a la cola en cuanto a las condiciones laborales de éstos.

El becario en Europa 

Es precisamente desde las instituciones comunitarias desde donde se viene haciendo especial hincapié en el seguimiento y la regularización de la situación de este colectivo. Esto está totalmente justificado pues son muchos los programas de prácticas que se alojan en la Comunidad Europea. Como consecuencia de las desigualdades que reveló este informe, el Consejo Europeo publicó en 2014 una lista de recomendaciones que debían ser insertadas en la legislación de cada país.

Se trataba, de las llamadas recomendaciones, un  conjunto de disposiciones generales que pretendían garantizar ciertos derechos esenciales de forma unificada para todos los estados miembros. Sin embargo, en última instancia cada país era encargado de precisar esta ley. Como resultado en 2014 una oleada de reformas en materia educativa recorrió Europa a lo largo y ancho y el producto final es un batiburrillo legislativo con un núcleo común pero con desenlaces totalmente diferentes.


El becario en españaDEFPor ejemplo, Reino Unido y su programa en prácticas, o intership program, son los únicos de la Comunidad Europea que equiparan por ley la figura del becario a la de cualquier otro trabajador; así lo establece el Gobierno Británico. Mientras, el Ministero di Lavoro en Italia fijó que el tirocinio – el becario- no ejercerá como tal por más de 12 meses por contrato. O el caso de Alemania, donde aquel que realice un praktikumsprogramm ya como graduado contará por ley con un aumento de sueldo en comparación con aquellos que aún estén cursando sus estudios. Si, por el contrario, miramos qué sueldo perciben los estudiantes en prácticas a lo largo de la Unión Europea podremos observar que muchos países coinciden en garantizar para ellos un salario mínimo. En cualquier caso, las cuantías percibidas están lejos de la uniformidad; desde los trescientos en Italia hasta los quinientos cincuenta o los seiscientos setenta de Francia y Alemania; datos que junto a otros se presentan de forma accesible en sus respectivas páginas web.

Que cada país afronta una realidad distinta es indiscutible; que se ofrezca un trato tan dispar a los jóvenes estudiantes europeos es incomprensible. Con tan sólo ojear estos cuatro países hemos podido comprobar la disparidad reinante. Bien es cierto que el número de Estados Miembro roza la treintena…es curioso que este informe ubique a España a la cola en muchos de los campos que analiza.

La becarización del trabajo en España

Una desprotección tan flagrante como esta está teniendo repercusiones desastrosas en su situación y así lo demuestran los datos recogidos. Como parte del tejido laboral, el becario va a verse afectado por la situación de éste y recíprocamente la precariedad de este joven en prácticas influirá en la coyuntura laboral del país. Así, la salud que viene gozando el mercado de trabajo en estos países nórdicos, que como España apostaron por un modelo legislativo laxo, ha parado una eventual precarización para con sus becarios. Mientras, en nuestro país es precisamente donde la tasa de desempleo ha alcanzado cotas mayores entre los jóvenes – en Noviembre de 2013 el desempleo juvenil alcanzó cerca de un 60% según la Oficina de Estadística Europea (Eurostat)– entre otros desastres económicos, de modo que no es de extrañar el estado de empobrecimiento en el que se encuentran nuestros becarios.

Parece evidente que ellos son una víctima más de la situación económica reinante. Entonces, ¿en qué forma puede afectar las condiciones laborales del último eslabón de la cadena laboral a todo el mercado? Situaciones desesperadas han llevado a las empresas, pequeñas, medianas o grandes adoptar medidas desesperadas. Dentro del margen legal, probablemente fuera del ético, se han ido reduciendo los beneficios del becario mientras paralelamente aumentaban sus responsabilidades. Es precisamente esa misma situación la que lleva a los becarios, desesperados también, a aceptar condiciones como estas.


Como resultado, tenemos dos perfiles laborales opuestos aspirando a un mismo puesto de trabajo. El uno lo hace por dinero, lo normal, el otro lo hace por experiencia; la balanza está desequilibrada. Un trabajador convencional no puede competir con esta mano de obra barata que producen las universidades promoción tras promoción, año tras año. Es barata y es sobreabundante, y como otro producto más, el ser humano está sujeto a la ley de oferta y demanda. Esta es una de las caras de la becarización. Otra versión del mismo problema es la sustitución directa que se hace de un trabajador experto, un trabajador caro, por varios en prácticas. Teniendo en cuenta que estos últimos carecen de muchos de los derechos de sus colegas: indemnización por despido, cotización para el desempleo y como hemos visto incluso de sueldo, no es de extrañar que esto ocurra en nuestras empresas.

Esto es una lacra de la que se aprovechan empresas y universidades, con especial atención a estas últimas pues son las que en principio deberían liderar el tutelaje de sus alumnos y, sin embargo, no sólo no se preocupan de garantizarles una cobertura digna si no que en algunos casos son ellas mismas las que se aprovechan del becario– Marzo de 2016 la Universidad de Compostela fue declarada culpable de despido improcedente de un becario. Se trata como tal de un derecho del que no constan los becarios, sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia decidió en base al carácter y al volumen del trabajo realizado que aquello no podía tratarse de una beca, pese a que así constaba, y que en realidad se trataba de una relación laboral entre universidad y universitario–.

Es evidente que la cobertura hacia nuestros jóvenes es insuficiente, los miles que emigran, los muchos que quedan en situaciones de semi-esclavitud y los otros tantos que siguen en paro así lo evidencian. Volviendo una vez más al panorama Europeo, varios de nuestros vecinos no solo se encargan de proteger al becario, también lo hacen de proteger al mercado laboral de su figura. Así, por ejemplo el Ministère de l’Éducation francés estipula que las empresas no pueden tener más de un 15% de becarios entre su plantilla. Mientras, el respectivo italiano limita su número al 10%. Por su parte, el gobierno alemán protege a sus becarios de los conocidos “minijobs”, de modo que estos no son considerados aptos para los universitarios en prácticas.

Son algunas las voces que instan a eliminar por completo la figura del becario. En contrapartida un 83% de los becarios españoles, según el dossier de la Comisión Europea, afirman que su etapa como becario jugó un papel importante en su carrera profesional; uno de los porcentajes más altos de la Unión Europea. Abogar por una total erradicación del programa puede resultar excesivo. Vista la situación en otros países de nuestro entorno parece mucho más sensato trabajar en una regulación eficiente que lo proteja a él de aquellos que quieran aprovecharse indebidamente, una regulación que lo proteja del peligro que él mismo supone para sí y su entorno laboral; una regulación digna que evite esta becarización del empleo.

Ésta es una explicación sin ánimo de lucro.


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Agustín Prats

Málaga, España. Ejemplifico el fruto de este contexto coyuntural en el que nos encontramos: licenciado sin destino fijo y con futuro abierto. Un placer presentarme. Me gusta creer que mi campo es el de las Ciencias Sociales en su versión más extensa.


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