29/03/2024 MÉXICO

Los Derechos Humanos tumbaron la Doctrina Parot

Estrasburgo tumba la Doctrina Parot

Había posibilidades, y se consiguió. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos tumba la ‘doctrina Parot’ tras varios trámites en Europa. La sentencia del alto Tribunal por los Derechos Humanos ubicado en Estrasburgo deroga la ley modificada en febrero de 2006, por la que los presos etarras con condenas más graves: múltiples crímenes y peligro de delincuentes se les aplicaba una condena retroactiva en perjuicio del recluso.

El presidente de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el luxemburgués Dean Spielmann, en la lectura del fallo ratificó la sentencia de la sala inferior europea adoptada por unanimidad.

Precisamente, la Sala Tercera de la Corte europea el 10 de julio de 2012, ya anunció en su auto que España había violado los artículos 7 (no hay pena sin ley) y 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La famosa ‘doctrina Parot’, por apellido del preso Henri Parot, obliga a descontar los beneficios penitenciarios del total de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo, 30 años en España. De esta manera, se aseguran que los presos de ETA no tengan ningún beneficio, diferenciándose del resto de reos, independientemente de cuál sea su condena.

El alto Tribunal de Estrasburgo expresó su rechazo a esta doctrina al considerar que “vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a los condenados bajo el antiguo código penal de 1973”, como es el caso de Inés del Río. Estrasburgo pidió por ello “la puesta en libertad” de Del Río “en la mayor brevedad posible” y exigió en su sentencia que España la indemnice con 30.000 euros por los daños morales causados y 1.500 por gastos y costas.

Doctina Parot, origen

La doctrina surgió tras un dictamen del Tribunal Supremo en febrero de 2006 donde se indicaba la ejecución de la totalidad de la condena comienza con las penas más graves y los beneficios se aplican sobre por condenas, no sobre el máximo legal de 30 años. De esta manera, de alarga la extancia en la cárcel.

El nombre surgió tras la sentencia del Tribunal Supremo del 28 de febrero de 2006 cuando evitó la puesta en libertad del terrorista Henri Parot basándose en el Código Penal de 1973, vigente cuando se comentieron los delitos.

El Gobierno pasa la pelota a la Audiencia Nacional

El Gobierno de Rajoy, como es habitual en ellos, dejó la pelota en el tejado de la Audiencia Nacional quien tendrá que aplicar el dictamen de Europa, desligándose así de cualquier decisión. De esta manera, será la Fiscalía quien deberá analizar cada recurso que se presente.

En la rueda de prensa en la que se anunció la postura del gobierno, el Ministro del Interior, Fernández Díaz, dijo que “al Gobierno no le va a temblar el pulso” para poner en marcha cualquier operativo contra la “Izquierda Abertzale”, poniendo como ejemplo el caso de Herrira, organización que se encargaba de los recibimientos de los presos de ETA, su actividad ha sido suspendida durante dos años.


Cuestión de Derechos Humanos

Todos somos igual ante la justicia. ¿Cuántas veces hemos escuchado esta frase? Muchas. Y así es o al menos debería ser. El Tribunal de Estrasburgo no dice nada del otro mundo. Lo único que dice es que se tiene que respetar los Derechos Humanos.

Ahora bien, podemos debatir si 30 años, pena máxima en España, son suficientes para pagar por uno o varios crímenes (bajo las siglas de ETA o a título personal). Esto es otro tema que se debe debatir en el Congreso, pero desde luego la ’Doctrina Parot’ hacia una clara distinción entre un preso de ETA y cualquier otro.

Por lo que en Tribunal Europeo de los Derechos Humanos ha acertado con su decisión como lo hicieron el resto de tribunales europeos.

Foto de portada: El Tribunal Europeo de los DD.HH. tumba la Doctrina Parot, fuente: www.hispanidad.com


Ésta es una explicación-opinión sin ánimo de lucro

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Mikel Secada

Emprendedor por naturaleza. Periodista de vocación. Dirijo teknomarketing y colaboro con medios digitales (Exekuo, lacuestion.es o Neupic). Apasionado con las nuevas tecnologías, en constante investigación y puesta al día.


2 comments

  • Txema Campillo

    28/10/2013 at

    Desde hace 10 años la pena máxima de cárcel en España para delitos de terrorismo es de 40 años.

    Reply

  • JSCL

    22/01/2014 at

    gracias a la abolición de la doctrina Parot, no sólo han salido terroristas a la calle que no habían cumplido toda su condena, si no también violadores, pederastas… etc que siguen siendo un peligro para la sociedad y no dicho por mi, si no por los psicólogos/psiquiatras responsables de su rehabilitación. Animo al articulista a ser menos partidista y a informarse mejor.

    Reply

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